| FALLO CONTRA OSCAR BERTONE POR INJURIAS |
| Martes, 19 de Junio de 2012 13:31 | |
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El delito del cual fue encontrado culpable OSCAR BERTONE, es por ser considerado “penalmente responsable del delito de injurias (art. 45 y 110 CPP) En relación a dos afirmaciones"....(injuriosas) Estos dichos fueron vertidos en día 3 de agosto del año 2005, en la edición en vivo del Programa “Mañana Express” que se emite en la sede Multicanal SA.
I.= Sentencia Nro. 1536 de fecha 03/09/2007 (1era Instancia. Correc. 10. Dr. Acosta) Fallo: Haciendo lugar a la querella interpuesta y declarando en consecuencia a BERTONE OSCAR DANIEL, autor penalmente responsable del delito de injuria 8art. 45 y 110 del CPP) en relación a los puntos “b” y “c” de los considerandos, imponiéndole en consecuencia la pena de DOS MIL PESOS ($ 2.000,00) multa (arts. 40,41 y 21 del CP).- Costas por su orden en relación a la totalidad de la cuestión penal (Art. 168 cpp).- Haciendo lugar a la demanda instaurada y condenando en consecuencia a BERTONE OSCAR DANIEL, a abonar a la actora dentro del término de 10 días la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) que devengará el interés referido en los considerandos desde la fecha del hecho generador de la responsabilidad. Con costas ( art. 168 CPP).- Dispónese la reproducción del presente fallo en el medio de prensa (Mañana Express) donde se vertieran las especies injuriantes, con los mismos caracteres del articulo injurioso o calumnioso. II.= Sentencia de Cámara Nro 310 de Setiembre del 2008.- (Apelación. Dres. Pangia, Mestre, Jukic, Rios y Crippa Garcia) Fallo: Confirmar la sentencia impugnada en lo atinente a la cuestión penal. Costas en la alzada al querellado.- Confirmar la sentencia impugnada en lo atinente a la cuestión civil. Costas al perdidoso.- III.= Sentencia Nro 536 de 29/12/2008.- (Inconstitucionalidad.- Dres. Pangia, Crippa Garcia, Mestre. Disidencia de Rios) Fallo; Declarar inadmisible el recurso de inconstitucionalidad intentado .- IV.= Sentencia nro 234, de fecha 22/12/2009 (Corte. Dres. Falistocco, Gataldi, Spuler, Gutierrez).- Fallo: …en el caso, según resulta del examen de autos, la acción punitiva podría encontrarse prescripta a la luz de lo dispuesto por el art. 62 del CP.- …Por ello y atendiendo a que la prescripción de la acción penal se produce por el transcurso del tiempo, es de orden público, y debe declararse de oficio …. por lo que debe remitirse la causa al Juzgado de origen, a fin de que –previo traslado a las partes- se pronuncie al respecto según lo que legalmente corresponda … y excediendo en principio la competencia de ésta Corte, corresponde remitir los presentes al Juzgado de origen. V.= Sentencia Nro. 4775 de fecha 19 de octubre de 2011.- (Correcc. 10 Dra Delia Palearl) Fallo: Sobreseer por prescripción a BERTONE OSCAR DANIEL, la presente querella que se instruye por el delito de injurias (art. 110 y 356 inc a CPP) PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN: La prescripción de la acción penal es una causa de extinción de la pretensión punitiva estatal que opera por el mero transcurso del tiempo tras la comisión del delito (1). CONCLUSIÓN: Oscar BERTONE, fué condenado por injurias en primera y segunda instancia, rechazada la admisibilidad del recurso de inconstitucionalidad y por el transcurso del tiempo fué sobreseido y condenado civilmente a la reparación de los daños conforme se estableciera en la sentencia,más costas y actualización de los montos |







































